La máxima instancia judicial ibérica ratificó la cuestionada norma antidescargas, al considerar que la Comisión de Propiedad Intelectual genere una “inseguridad jurídica”, echando por tierra las intenciones de organizaciones de defensa de la libre expresión en internet.

En febrero pasado, organismos como la Red de Empresas de Internet (REI) y la Asociación Española de la Economía Digital presentación una petición de suspensión cautelar de la cuestionada ley, tomando como argumentó que una infracción a los derechos de autor debía estar regulada por una norma de rango superior y no a través de un órgano como la Comisión de Propiedad Intelectual.

Además, el retiro de un contenido o enlace de una página denunciada por el mencionado organismo suponía per sé la culpabilidad y reconocimiento de una infracción a la propiedad intelectual.

Sin embargo, estos argumentos no fueron considerados por el Tribunal Supremo, el cual rechazó esta solicitud ya que “no procede conceder la medida cautelar solicitada, pues la suspensión interesada no haría perder la finalidad legítima de este recurso”.

A pesar de esto, el Poder Judicial español absolvió de delitos referidos a la propiedad intelectual a los responsables de un sitio web de enlaces, tomando como referente el derecho de los involucrados a la libertad de expresión e información.

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